Ángela Medina Díaz

Procurador de los tribunales en Sevilla · Colegiado nº 44

Resumen rápido

Ángela Medina Díaz ejerce como procurador de los tribunales en Sevilla (Sevilla), adscrito al Ilustre Colegio de Procuradores de Sevilla. Puedes contactar con su despacho en el 957 291 257.

Datos de contacto

Procurador Ángela Medina Díaz
Nº colegiado 44
Dirección Avenida de la Vega, 100 , 41541 , Sevilla
Teléfono 957 291 257
Email [email protected]
Web https://www.procurador-medinadiaz.es
Colegio Ilustre Colegio de Procuradores de Sevilla
Cita online No disponible

Sobre este procurador

Con sede en Avenida de la Vega, 100, Ángela Medina Díaz es uno de los 50 procuradores que ejercen en Sevilla, dentro de la demarcación del Ilustre Colegio de Procuradores de Sevilla.

Los abogados pueden contar con este procurador para la representación procesal, la presentación de escritos y demandas o la traslado de copias entre procuradores, así como para cualquier otra actuación procesal.

Con una red de 50 procuradores, los abogados de Sevilla tienen opciones de elección para la representación de sus asuntos.

Para solicitar cita o encargar la representación de un asunto, puedes contactar con el despacho llamando al 957 291 257 o enviando un correo electrónico a [email protected].

Actuaciones procesales

Este procurador puede asumir la representación en cualquier procedimiento judicial. Selecciona la actuación que necesitas para ver más información:

Cómo elegir tu procurador

Cobertura en Sevilla
Sevilla concentra 50 procuradores activos. En una localidad con varias opciones, esta ficha ayuda a comparar este despacho frente al resto por datos verificables.
Canales disponibles
La ficha reúne 3 canales: teléfono principal, email de contacto y web propia. Úsalos para confirmar disponibilidad, remitir poderes y coordinar la presentación de escritos.
Señales públicas
Este despacho no tiene valoración pública registrada todavía. Para comparar, revisa los datos objetivos disponibles: número de colegiado, colegio de adscripción, teléfonos, email y cercanía al partido judicial.
Contexto práctico
Si comparas varios procuradores, prioriza quién puede asumir el encargo en plazo y trabajar con fluidez junto a tu letrado, ya que el arancel es común en toda España.

Cómo preparar tu encargo

Documentación del asunto

Reúne la identificación de las partes (DNI, NIE o CIF) y los documentos del procedimiento: demanda, contrato, escrito o resolución judicial que origina el asunto.

Resumen del caso

Resume qué necesitas: si es un encargo nuevo, una sustitución de procurador o la representación en un recurso, y si hay fechas señaladas o términos a punto de vencer.

Contacto previo

Usa teléfono, email y web para confirmar el encargo. Conviene aclarar si pueden asumir el encargo en plazo y por qué vía remitir poderes y escritos.

Coste y expectativas

Los derechos del procurador están regulados por arancel (RD 1373/2003) y dependen de la cuantía y las actuaciones, no de la localidad. Pide una estimación orientativa al describir el asunto.

Preguntas frecuentes

Puedes contactar con este procurador llamando al 957 291 257 o por correo electrónico a [email protected]. Es recomendable concertar cita previa para tratar tu asunto.
Los derechos arancelarios de los procuradores están regulados por el Real Decreto 1373/2003 y son los mismos en toda España. El importe depende de la cuantía del procedimiento y de las actuaciones realizadas, no de la localidad. Para asuntos de cuantía moderada, los honorarios suelen oscilar entre 150 y 600 euros.
La intervención de procurador es preceptiva en la mayoría de procedimientos judiciales civiles, contencioso-administrativos y penales, salvo excepciones como los juicios verbales de cuantía inferior a 2.000 euros o los procesos monitorios. El procurador representa a la parte ante el juzgado o tribunal, mientras que el abogado dirige técnicamente la defensa.
Sí. En los asuntos de libre designación puedes elegir cualquier procurador colegiado, independientemente de tu domicilio. En los casos de turno de oficio (justicia gratuita) el procurador se designa por el colegio correspondiente al partido judicial donde se tramita el asunto.

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