Ejecución de sentencias en Marbella

Información actualizada · 6 procuradors disponibles

Lo más importante

En Marbella puedes designar a cualquier procurador colegiado del partido judicial para esta actuación. Su arancel está fijado por el Real Decreto 1373/2003 y es igual en toda España.

¿En qué consiste Ejecución de sentencias?

Una vez obtenida una sentencia firme favorable, el procurador interviene en la fase de ejecución para hacer efectivo lo resuelto: solicita el despacho de ejecución, impulsa el embargo de bienes, la averiguación patrimonial del deudor, las subastas judiciales y la entrega de cantidades. La ejecución es una de las fases en que la diligencia del procurador resulta determinante para el cobro efectivo de la deuda o el cumplimiento del fallo.
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Documentos necesarios

  • Título ejecutivo (sentencia firme, laudo, etc.)
  • Poder para pleitos
  • Datos patrimoniales del ejecutado (si se conocen)

* Esta lista es orientativa. Consulta con tu abogado y tu procurador la documentación exacta para tu procedimiento.

Procuradores en Marbella

Eduardo Márquez Suárez

Gran Vía de la Marina, 26

Marbella, Málaga

615 545 573

Gloria Benítez Román

Benítez Procuradores de los Tribunales

Paseo de la Constitución, 5

Marbella, Málaga

958 342 361

Juan Castillo Torres

Ronda de la Reina, 54

Marbella, Málaga

958 777 076

Lorena Irene Rojas Jiménez

Plaza de la Victoria, 55

Marbella, Málaga

956 966 989

Natalia Román

Paseo Nueva, 59, 2º A

Marbella, Málaga

662 493 001

Teresa Parra

Procurador Parra Gutiérrez

Plaza de la Constitución, 100, 4º B

Marbella, Málaga

954 628 678

Preguntas frecuentes

Sí. En los asuntos de libre designación puedes elegir cualquiera de los 6 procuradores de Marbella. En el turno de oficio, el procurador lo designa el colegio del partido judicial correspondiente.
El coste estimado es de 150 - 800€ (según cuantía). Los derechos del procurador se rigen por arancel y son iguales en toda España, con independencia de la localidad.

Arancel estimado

150 - 800€ (según cuantía)

El arancel del procurador es el mismo en toda España (Real Decreto 1373/2003). Importe orientativo, no vinculante.

Tiempo estimado

3 meses - 2 años